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Todas las marcas que el mercado ofrece.
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Las cuotas más bajas del mercado.
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Tú fijas el monto y el plazo hasta setenta y dos meses.
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Ingresas a nuestro sistema con el pago de la cuota de Inscripción y la Primera cuota mensual del plan que elijas.
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Comodidad para hacer sus pagos, en nuestras oficinas o a través de débitos bancarios o depósitos en el Banco Pichincha.
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La cuota mensual es reajustable, y puede variar si el Concesionario varía el precio de venta al público. Pero a través de Certificados de Compra tus cuotas son fijas desde el inicio del plan hasta la finalización del mismo.
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Si durante el contrato el Concesionario deja de producir el modelo, te lo sustituimos por uno similar.
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El vehículo adjudicado tiene seguro de desgravamen por un monto equivalente al saldo.
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Tu cuota mensual vence el primer día de cada mes y debes cancelarla hasta máximo el octavo día.
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La entrega del vehículo se realiza exclusivamente por sorteo y por remate en Asambleas avalizadas por un notario.
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Con la falta de pago de la cuota mensual, pierdes el derecho a participar en la Asamblea de Adjudicación respectiva. Si dejas de pagar 2 ó más cuotas el contrato se resuelve y se te penaliza por tu incumplimiento según el contrato de gestión de compra.
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En la Adjudicación se dará a conocer las alternativas de vehículos existentes y tienes cinco días para decidir cuál deseas.
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Si tomas la opción de cambio de auto, debes seguir pagando tus cuotas mensuales reajustables sobre la base del precio originalmente establecido en el contrato de compra.
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Una vez adjudicado debes presentar y suscribir los documentos y contratos en el plazo establecido, de lo contrario se declara la Adjudicación desierta.
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El Adherente no Adjudicatario que formes parte de un grupo y te encuentres al día en los pagos que debes realizar al Consorcio podrás voluntaria y unilateralmente renunciar a tus derechos y obligaciones. La devolución de las cuotas se realizará según el contrato de gestión de compra y después de que se liquide el grupo al cual perteneces.
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El Adherente que se encuentre al día en los pagos, podrá ceder sus derechos constantes en el contrato a un tercero, previa aceptación del cesionario por parte del Consorcio.
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Ningún empleado de la compañía podrá garantizarte la fecha de adjudicación.
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